Mediación: una herramienta útil para todos
Vioque Mediación, es una empresa especialista en mediación y resolución de conflictos en Sevilla. Está regida por Emma Vioque Martínez, nacida en Sevilla pero muy temprano se trasladó a Estepona junto con su familia. En dicha localidad comenzó su andadura profesional, tras la finalización de sus estudios en Derecho y posteriormente, en Criminología. Sin embargo, su pasión por el campo urbanístico le trajo de nuevo a Sevilla, donde realizó varios masters y comenzó a desarrollar su verdadera vocación profesional, en la que se forjó una larga trayectoria en su paso por varias promotoras inmobiliarias, desarrollos urbanísticos y redacciones de diversos instrumentos de planeamiento.
Su vida profesional finalmente se vio truncada por la llegada de la crisis. Esto le llevó a buscar nuevas salidas profesionales, y fue así como decidió iniciar su aventura en el mundo de la mediación. A pesar de que siempre ha sido reacia a los juicios y aun cuando ha llevado varios litigios, siempre ha valorado mucho el dicho de “más vale un mal acuerdo que un buen pleito”.
Hoy día en los juzgados se hace más necesaria la herramienta de la mediación. Emma considera que se debería agotar la vía mediadora antes de iniciar acciones legales ante los tribunales y juzgados, ayudando así a depurar y profesionalizar el mundo judicial, dejando atrás asuntos que, por su envergadura (no por ello menos importantes que otros) deberían quedar relegados al ámbito más particular.
Actualmente, el área de especialización de Emma se centra en temas urbanísticos, familiares y asuntos civiles (tales como reclamaciones de cantidad, cuestiones comunitarias, etc.). Ella trabaja sola en su despacho y espera que su crecimiento sea rápido. Todo dependerá de la obligatoriedad o no, que del recurso de la mediación previa se haga.
Emma, ¿qué te motivó a hacer este trabajo?
Creo que es un ámbito muy necesario y que tiene mucha proyección. Cuando el mismo sea más conocido y aplicado, todos reconocerán la gran utilidad que tiene en cualquier caso. Aun cuando no se exija obligatoriamente con carácter previo a la interposición de acciones legales en los juzgados y tribunales, considero que debe comenzar a aplicarse par que se genere esta nueva cultura, que a la larga beneficia a todos los involucrados.
¿Qué es lo más difícil de vuestro trabajo como mediadores?
Este campo tiene mucho futuro, pero hay que estar claros que el mayor reto es hacer que las partes confíen en que son ellos los que tienen el rol protagónico en cada caso. Aún no se ha creado la cultura que promueva la confianza, en que ellos constituyen las primeras piezas clave en la toma de decisiones. Hasta ahora lo más difícil es convencerlo de ello, sin embargo se está haciendo un trabajo progresivo, para lograrlo.
¿Por qué una decisión ha de ampararse sí o sí en un artículo en concreto de la ley X?
Hay relaciones y controversias que se escapan de esa aplicación tan matemática. Hay cuestiones que pueden dilucidarse sin esta exhaustividad, y no por ello dejan de ser válidas para ese caso concreto. Dentro de la legalidad; en la gestión de conflictos de naturaleza urbanística. la flexibilidad debe ser tenida en cuenta para las relaciones personales y debe ser aplicada y considerada en la toma de decisiones. Ello enriquece precisamente las relaciones entre todos nosotros.
¿Qué parte de vuestro equipo de trabajo es esencial? ¿Hay algún elemento que nunca debería faltar?
Ante todo, el secreto profesional y la confidencialidad no pueden faltar. Ambos son esenciales. Nuestro equipo se destaca por su ponderada y objetiva redacción, tramitación y total culminación de proyectos de reparcelación, gestión de Juntas de compensación, gestión de cooperativa y todo aquel procedimiento de mediación necesario en caso de desacuerdo urbanístico. Es ndispensable que el concimiento en cada una de estas áreas, sea amplio y actualizado.
¿Qué es la mediación? ¿En qué difiere la mediación del arbitraje?
A diferencia del arbitraje, en el que es el árbitro el que tiene la obligación de resolver el litigio mediante una decisión que obliga a las partes, en la mediación son las partes, y sólo ellas, quienes ponen fin eventualmente a la controversia de un modo voluntario mediante el correspondiente acuerdo.
Es de resaltar las características de la mediación, que la hacen tan significativa:
Control absoluto por las partes: son ellas las que controlan el procedimiento de mediación, hasta tal punto que si una no está cómoda con la forma en que se estructura, o cómo se está desarrollando el proceso, puede terminar la mediación sin consecuencias.
Designación: son las partes las que designan o aceptan el mediador, si bien al no tener este, capacidad decisoria alguna (a diferencia de jueces y árbitros), su elección es menos controvertida que en el arbitraje.
Rapidez: la mediación está diseñada para resolver el conflicto muy rápidamente, generalmente en unas pocas sesiones.
Ejecutabilidad: un acuerdo entre las partes alcanzado en una mediación, tendrá acción ejecutiva si se eleva a escritura pública, si bien en la práctica, al ser acuerdos alcanzados voluntariamente, el grado de cumplimiento voluntario es mucho mayor.
Costes: al ser un procedimiento tan rápido, los costes de una mediación en comparación con un juicio o arbitraje son mucho menores.
No impide el recurso al arbitraje o pleito: la iniciación de una mediación no implica que no se pueda recurrir al arbitraje o pleito, si no se llega a un acuerdo. Finalizada la mediación sin acuerdo, las partes son libres de tomar las acciones que consideren pertinentes en la mejor defensa de sus derechos.
Secreto profesional: es de destacar que la norma otorga naturaleza de secreto profesional a la labor del mediador, que tiene por objeto proteger toda la información que las partes decidan impartir al mediador durante la mediación.
¿A qué controversias se aplica la mediación y cuáles son sus ventajas? ¿En qué etapas de una controversia es posible recurrir a la mediación?
Son muchos los campos en los que diariamente nos movemos y todos ellos son susceptibles del amparo mediador, por ello considero indispensable, necesario y casi obligatorio, su regulación y su introducción como vía previa en la resolución de conflictos. Debemos dejar los juzgados y tribunales para cuestiones estrictamente de índole procesal y resolución de cuestiones jurídicas, y ampliar las posibilidades de implementar la intervención de los mediadores, por la seguridad, por la rapidez y por la garantía de todos.
Por ejemplo, hay deudores que se toman sus obligaciones muy a la ligera, obligando a los acreedores a que acudan a la vía judicial porque saben que con ello se demorará más el pago de sus deudas. Es así, que vemos que la vía judicial se utiliza incorrectamente y a conveniencia de una de las partes.
Ayudemos a los jueces. Demolés armas para que vean descongestionados sus juzgados. Lamentablemente, yo he podido vivir esta situación, en la que por tardanza en la resolución de los pleitos, algunos acreedores a los que ayudé a ganar para salvar sus empresas, ahora se han convertido en mis deudores y lamentablemente por variadas circunstancias estas deudas han “muerto". Estoy convencida de que habría salvado de esta situación a muchos acreedores honestos si la mediación, se exigiera como medida legal.
Ya en otro campo, puedo comprobar que la mediación es una vía válida y muy eficaz en el mundo urbanístico. Los desarrollos de los suelos requieren, acuerdos entre propietarios, que si no se alcanzan, se genera una paralización en algunos procesos.
La mayoría de las situaciones de discrepancia entre los copropietarios, se circunscriben a situaciones de índole muy particular, que pueden verse solventadas con una mera actuación mediadora, dejando al margen cuestiones estrictamente jurídicas que requieren el auxilio judicial. Lo mismo ocurre en casos sobre cuestiones familiares en los que considero que la mediación es muy necesaria. A través de la mediación las partes tienen la oportunidad de dialogar, manifestarse y ser escuchadas, por lo que las relaciones no corren riesgo de romperse.
Evitando pleitos y fomentando relaciones interpersonales más amigables
Emma Vioque Martínez, la fundadora del despacho de mediación Vioque Mediación, nos ha explicado con minuciosidad las labores y ventajas de esta herramienta. Además de evitar la saturación de los juzgados y reservar los procesos judiciales para asuntos que realmente solo pueden dirimirse ante el juez, la mediación fomenta un mejor régimen de relaciones interpersonales entre las partes en conflicto, logrando que estas lleguen a acuerdos que, por su voluntariedad, tendrán un alto grado de posibilidades de éxito.