La defensa de la profesionalidad del diseño de interiores y la decoración en Navarra
Jóse Urrutia es vocal de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diseñadores de Interior/Decoradores de Navarra. El Colegio Oficial es una entidad de derecho público, por lo que, aunque tiene origen privado y personalidad jurídica propia, está vinculado a la Administración Pública y tiene por objeto la regulación de la profesión del Diseño de Interiores y la Decoración, gestión delegada por la Administración y regulada por la Ley de Colegios Profesionales. En España es el Consejo General de Colegios Oficiales de Decoradores y Diseñadores de Interior quien ostenta la representatividad de la profesión de decorador o diseñador de interiores.
La Organización Colegial está formada por los Colegios Oficiales Territoriales, que tienen ámbito provincial o autonómico. A su vez, estos Colegios Oficiales están integrados por aquellas personas que, estando en posesión de la Titulación Académica Oficial o equivalente, pueden ejercer la profesión que regula el Real Decreto 902/1977, de 1 de abril, de Atribuciones y Facultades de los Decoradores.Por tanto, el ejercicio de la actividad de decorador es una profesión regulada, es decir, se necesita tener un título oficial y pertenecer al Colegio Oficial para poder trabajar. El vigente Decreto 893/1972, de 24 de marzo, por el que se crea el Colegio Nacional Sindical de Decoradores establece: “Artículo segundo- Para ejercer legalmente la actividad de Decorador, será requisito indispensable estar colegiado en la Corporación profesional que se crea por el presente Decreto. Artículo tercero- La incorporación al Colegio a que se refiere este Decreto podrán efectuarla directamente los que acrediten hallarse en posesión del título de Decorador, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia”.
Desde los orígenes de la humanidad, ha quedado evidenciado su interés por hacer más agradables los espacios que habitaba, ¿cuáles son las labores más frecuentes que llevan a cabo los profesionales colegiados en CODINTER Navarra? ¿Impartís cursos de capacitación para la profesión?
El citado decreto 902/1977 establece para los decoradores o Diseñadores de Interior las siguientes atribuciones:
Formular y redactar, con eficacia jurídica y plena responsabilidad, proyectos de decoración que no afecten a elementos estructurales resistentes, a la configuración de la edificación, ni a las instalaciones de servicio común de la obra principal determinadas en el proyecto aprobado y objeto de las preceptivas licencias administrativas.
Dirigir los trabajos de decoración dentro de los límites del apartado anterior, coordinando todos los elementos que intervengan en los mismos y detallando soluciones adecuadas; programar, controlar y certificar su ejecución.
Concebir diseños de elementos de aplicación a toda decoración.
Controlar y valorar la calidad de los materiales y elementos que intervengan en dichas realizaciones de decoración.
Las valoraciones, peritajes, informes y dictámenes sobre proyectos y realizaciones de decoración.
Al tratarse CODINTER Navarra de un Colegio Oficial o Colegio Profesional, que agrupa a los y las profesionales de la Decoración y el Diseño de Interiores en Navarra, no se dedica a impartir clases, aunque ofrecemos cursos de formación permanente para nuestros colegiados y colegiadas.
¿Qué parte del organigrama de CODINTER Navarra es esencial? ¿Hay algún elemento que nunca debería faltar?
El Colegio es una entidad corporativa y, como tal, son sus miembros, colegiados y colegiadas, lo que constituyen su origen, fundamento y razón de ser. Asimismo, todos los miembros del organigrama que realizan las labores atribuidas al Colegio son imprescindibles para la existencia del mismo y su funcionamiento.
¿Qué recomendaríais a los nuevos decoradores y organizadores de eventos que recién se inician en los cursos? ¿En qué deben enfocar sus esfuerzos al principio?
Les recomendaría que no pierdan el tiempo con cursos y cursillos que no les van a facultar para ejercer la profesión, que acudan a una escuela que ofrezca un título oficial válido.Para incorporarse como colegiado al Colegio Oficial de Diseñadores de Interior/Decoradores es necesario estar en posesión de la titulación oficial de Diseñador de Interiores o Decorador.
Actualmente las titulaciones oficiales admitidas son:
Graduado en Artes Aplicadas, especialidad Decoración.
Graduado en Artes Aplicadas, especialidad Diseño de Interiores.
Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración.
Título Superior de Diseño, especialidad Diseño de Interiores.
Título de Grado en Diseño, especialidad Diseño de Interiores.
La profesionalidad del gremio, asegurada
Siguiendo la normativa vigente a nivel nacional, el CODINTER Navarra lleva a cabo la defensa y supervisión de la profesionalidad de los diseñadores de interior y decoradores en el ámbito autonómico de la Comunidad Foral de Navarra. El Colegio profesional combate la desinformación existente alrededor de la profesión, así como el intrusismo. Asimismo, facilita información veraz y contrastada a sus miembros colegiados para orientarles de la mejor manera posible en el conocimiento de sus derechos y obligaciones en el ejercicio de sus funciones profesionales. Son fines esenciales de los Colegios profesionales la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación institucional exclusiva de la misma, ya que está sujeta a colegiación obligatoria, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados.